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Reflexiones sobre la relación entre el derecho internacional humanitario y el derecho internacional de los refugiados, su promoción y su difusión

Published online by Cambridge University Press:  29 January 2010

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Desde comienzos del siglo XX hasta nuestros días, se registra una profunda evolución en el derecho international, que se humaniza. Los principales internacionalistas entendieron claramente que este derecho no podía seguir desentendiéndose de la suerte de los seres humanos ni dejar exclusivamente a cargo de los Estados y de las legislaciones internas la tarea de proteger los derechos humanos fundamentales, tanto en tiempo de paz como de conflicto armado.

Durante el peíodo comprendido entre las dos guerras, esta nueva orientación se vio justificada y fuertemente acentuada como consecuencia de las brutales violaciones de todos los derechos humanos cometidas por los Estados totalitarios. La impotencia del derecho internacional quedó en evidencia; se alzaron entonces voces, acompañadas de iniciativas concretas, exigiendo que el derecho internacional se hiciera cargo de la protección de los derechos humanos. La Segunda Guerra Mundial y el período siguiente confirmaron que era indispensable, para la supervivencia misma de la humanidad, adoptar y poner en práctica medidas concretas tendentes a introducir en el derecho internacional un mecanismo eficaz que garantice el respeto y el ejercicio de los derechos humanos fundamentales en el piano nacional.

Type
Research Article
Copyright
Copyright © International Committee of the Red Cross 1988

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References

1 Scelle, Georges, Précis de droit des gens, principes et systématique, Siray, París, 1932; tomo II, p. 49Google Scholar.

2 Recordemos que la definición del derecho internacional humanitario adoptada por el CICR es la siguiente: «las normas internacionales, de origen conventional o consuetudinario, destinadas especificamente a solucionar los problemas humanitarios planteados directamente por los conflictos armados, internacionales o internos, normas que restringen, por razones humanitarias, el derecho de las Partes en conflicto a utilizar métodos y medios de guerra de su elección, o normas que protegen a las personas y los bienes que son o puedan ser afectados por el conflicto». «Las gestiones del Comité Internacional de la Cruz Roja en caso de violaciones contra el derecho internacional humanitario», Revista International de la Cruz Roja, n.° 44, marzo-abril de 1981, pp. 7986Google Scholar.